La Ley Olimpia que es un conjunto de reformas que impactan distintos artículos del Código Penal en el Estado de Jalisco; se aprobó por primera vez en septiembre de 2020, pero los «astutos» legisladores le hicieron nudo ciego y tuvieron que repetir la plana: reformaron la reforma reformada. Con 31 votos, ya quedó.
* Aprobaron
reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de personas a través de medios digitales. Por supuesto se contempla a víctimas que son niñas, niños y adolescentes; el primer poder legislativo que reformó su Código Penal fue el de Puebla.
*Dos artículos a favor de las víctimas de ciber-acoso
El 19 de septiembre quedó especificado en el Código Penal de Jalisco en los artículos 176-Bis 1 y 176-Bis 2.
Artículo 176-Bis 1. Comete el delito de violación a la intimidad sexual quien, por cualquier medio difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima o que haya sido obtenido bajo engaño o manipulación.
Artículo 176-Bis 2. Comete el delito de ciberacoso la persona que, por medio de las tecnologías de la información y comunicación, hostigue, acose, persiga, moleste o incomode a otro de forma tal que cause un daño a la integridad psicológica y/o la dignidad personal.
*Un diputado de izquierda despistado
Gerardo Quirino militaba en el PRD y brincó en agosto, a Movimiento Ciudadano, quizá su salto de chapulin lo distrajo de la labor de legislar y por ello, antes de cumplirse un mes de la aprobación de la Ley Olimpia, subió la iniciativa de reformar el Código Penal y tipificaron el delito de “aprovechamiento sexual”.
Eliminó el artículo 176-Bis 1 lo que provocó se quitara el delito de violación a la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, o sea: el objetivo de la Ley Olimpia. La pena bajó de 2 a 8 años de cárcel.
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*Repetir la plana
La diputada Sofía García Mosqueda aclaró públicamente que fue un error de procedimiento. La legisladora presentó una iniciativa en la Comisión de Puntos Constitucionales y en asamblea con 31 votos a favor, se volvió a agregar el delito de violación a la intimidad y quedó así: “Ley que adiciona el capítulo VII y el artículo 176-Bis. 3. Al título décimo primero del Código Penal de la entidad relativo al delito de violación a la intimidad”.
*Las y los diputados
Ganan por mes 109 mil pesos y este año, autorizaron pagar dos nuevos asesores extra por diputado. Las funciones de los asesores es revisar documentos, preparar sus iniciativas y hacer que parezca saben de lo que hablan.
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